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Alternativas ante una posible insolvencia
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Alternativas ante una posible insolvencia

Gael Solucions cristinarojas
18/12/2020

La pandemia ocasionada por la COVID-19 ha desatado una crisis económica con graves consecuencias para las empresas. Muchas de ellas, debido a las deudas, se encontrarán en una situación de insolvencia nunca antes vista, sobre todo, cuando la situación cambie.

Antes de determinar si una empresa o persona se encuentra o puede encontrarse en el futuro en una situación de insolvencia, debemos tener claro qué significa esto. De este modo, se le podrá hacer frente conociendo hasta el más mínimo detalle.

Qué significa encontrarse en situación de insolvencia

De acuerdo a lo que determina la Ley Concursal, se encontrará en un estado de insolvencia aquel deudor que no pueda cumplir de forma regular con las obligaciones que se le exigen. Lo podemos traducir como la incapacidad de una persona o sociedad de enfrentar las deudas.

Además, otra de las diferencias que tenemos que tener claras es la que existe entre la insolvencia inminente y la actual.

Insolvencia inminente

Una persona o sociedad se encuentra en una situación de insolvencia inminente cuando vea que no podrá cumplir, a corto, medio o largo plazo, con las obligaciones que se le exigen. Es decir, no podrá hacer frente a las deudas en un futuro.

Insolvencia actual

Por otro lado, la situación también puede ser de insolvencia actual. Esto sucede cuando, en este preciso momento, el deudor no puede hacer frente a sus obligaciones exigibles. O, lo que es lo mismo, en el presente, la persona o sociedad no puede pagar sus deudas.

Cuándo nos encontramos ante esta situación

A nivel legal, entendemos que el deudor no puede cumplir con las obligaciones que se le exigen y, por tanto, está en una situación de insolvencia, si se enfrenta a algunos hechos determinados. 

Sobreseimiento en el pago de sus obligaciones

Este hecho en concreto se da en el momento en que el deudor incumple de forma general con la mayoría de sus pagos sobre deudas que ya están vencidas. Es decir, no puede hacer frente al pago corriente de las mismas.

Alzamiento o liquidación apresurada de bienes

Un deudor se encuentra ante una situación de insolvencia cuando, con el objetivo de obtener la mayor liquidez posible para poder hacerse cargo de las deudas, tiene que malvender sus derechos y sus bienes. 

Avistamiento de embargos

Otro de los hechos que nos pueden indicar la situación de insolvencia se da cuando existen embargos debido a pagos pendientes. Sobre todo, si estos afectan a la mayor parte de los bienes y/o derechos de la persona o sociedad endeudada.

Incumplimiento general de los pagos

También nos puede dar una pista de que nos encontramos ante esta situación el hecho de incumplir pagos generales como los de las cuotas a la Seguridad Social o los de las obligaciones tributarias que se generen en los últimos tres meses.

Alternativas ante una situación de insolvencia

A pesar de que la situación de insolvencia es una de las más complicadas de afrontar, ya que puede repercutir de forma grave tanto en la empresa como en la persona deudora, existen alternativas para evitar la solicitud del concurso de acreedores.

Búsqueda alternativa de financiación

De forma general, la principal fuente de financiación para empresas y particulares es la bancaria. Por tanto, el deudor, sea una persona jurídica o física, podrá usar los diversos productos financieros de las entidades para hacer frente a sus pagos.

Una de las cosas que debemos tener en cuenta es que, además, existen otras fuentes de financiación para que el deudor pueda obtener liquidez de forma inminente antes de caer en una situación aún más grave. 

Sociedades de Garantía Recíproca

Este tipo de sociedades son entidades sin ánimo de lucro reguladas por el Banco de España. Otorgan créditos a PYMEs buscando una mejoría en las condiciones de financiación.

Plataformas Fintech

Son el germen de una novedosa industria financiera que ha surgido a partir de comenzar a aplicar tecnología dentro del sector. De este modo, han nacido aplicaciones nuevas, servicios y productos a los que los clientes podrán acceder tan solo usando Internet.

Algunos ejemplos de ellas los encontramos en el crowdfunding o financiación colectiva. Esto permite la realización de préstamos con los que el prestamista adquiere parte de la empresa o una contraprestación económica.

Préstamos participativos

En este caso, hablamos de préstamos por los que la entidad que preste el dinero obtendrá un interés variable de acuerdo a la evolución de la actividad de la sociedad a la que ha hecho dicho préstamo.

Capital riesgo

Otra alternativa que encontramos es el capital riesgo. Son fondos que se dedican a invertir en empresas con el objetivo de obtener más rentabilidad a largo plazo. Además del capital, también ayudan con la gestión de las empresas.

Reestructuración de la deuda creada

En el caso de que obtener mayor financiación no sea la opción adecuada, encontramos otra alternativa en la reestructuración de la deuda. Esta consiste en renegociar con los acreedores para fijar unas nuevas condiciones de pago que ayuden al deudor. 

Para poder llevarla a cabo, es necesario que el deudor cree una estrategia nueva y la adapte a la situación financiera que está viviendo en el presente. 

Dentro de la reestructuración, podemos encontrar una modificación en los plazos del vencimiento de los pagos, así como una reducción de los importes a pagar y los intereses. El objetivo es que el pago sea más asumible para el deudor. 

Si el deudor es una persona jurídica o sociedad, también es necesario hacer un plan de negocio. En este, se incluirán los objetivos financieros, siempre teniendo presentes todas las variables de los mismos. 

Una vez que el deudor ha analizado su situación de insolvencia y ha fijado nuevos objetivos de refinanciación, ha llegado el momento de negociar con los acreedores las nuevas propuestas de pago.

Además, también es de vital importancia el análisis de la situación del deudor antes de comenzar con las negociaciones. El objetivo es conocer al detalle el margen de actuación que se tiene. Todo ello para evitar solicitar el concurso de acreedores.


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